Principales dudas sobre la Ventanilla Única de Comercio Exterior

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Ventanilla Unica de Comercio ExteriorMuchas personas tienen dudas por la próxima entrada en vigor de la VENTANILLA ELECTRONICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCEM), por lo que les presentamos un breve resumen con la información más relevante sobre este tema, para ser tomada en cuenta respecto su operación.

1.- ¿Para qué sirve la VENTANILLA ELECTRONICA?
A través de la Ventanilla Única se podrán realizar diferentes trámites como:

  • SOLICITUD DE PERMISOS DE IMPORTACION. Las dependencias que se encuentran contenidas dentro del portal son SHCP, ECONOMIA, SAGARPA, SEMARNAT, SEDENA, SALUD, SENER, CONSEJO REGULADOR DEL TEQUILA, AMECAFE Y SEP; por el momento, solo están funcionando trámites de la SHCP y Economía.
  • COMPROBANTE DE VALOR ELECTRONICO (COVE). Es un módulo de VU que permite la recepción, de manera anticipada, de la información de los documentos que comprueban el valor de las mercancías, así como la información de los documentos de cruce en caso de remesas de consolidados.
  • Homologar en un archivo electrónico (XML) aquellos documentos de cruce (facturas proformas, listas de empaque, etc.), así como documentos que amparan el valor de las mercancías (facturas fiscales, facturas de importación, notas de remisión, declaraciones de valor, etc.) y eliminar la presentación física de estos en el despacho aduanero.
  • DIGITALIZACION DE DOCUMENTOS. Almacenamiento de los documentos digitalizados necesarios para el despacho aduanero de mercancías, el cual se comunicará con el Sistema Automatizado Aduanero Integral y con los sistemas del Despacho Aduanero con el objeto de la eliminación del papel.

2.- ¿Quien se dará de alta en la VENTANILLA ELECTRONICA?:
Se deberán de dar de alta los usuarios del comercio exterior, es decir los IMPORTADORES y EXPORTADORES, para esto se deberán de registrar en el portal y para ello se necesitaran la FIEL como PERSONA MORAL O FISICA dependiendo del caso.

3.- ¿Qué necesito para darme de alta, cuáles son los requisitos y a partir de cuándo se puede usar?
Primero es necesario identificar qué tipo de usuario es dentro de Ventanilla Única:

  1. Nacional – CON FIEL
  2. Extranjero – SIN FIEL

Para seguir con el proceso necesitará algunos datos como: RFC, CURP, correo electrónico y/o razón social, esta última solo en caso de ser persona moral. El registro de las personas físicas y morales ya está activo desde el 3 de Octubre de 2011.

4.- Si está activo el Portal de la VU, ¿por qué no puedo registrarme?
Efectivamente el portal de Ventanilla Única ya está activo, por el momento las personas físicas ya pueden registrarse y se espera en breve activar el registro de las personas morales.

5.- ¿Qué papel realizara el Agente Aduanal en el proceso?
El Agente Aduanal solo podrá realizar la función de CAPTURISTA PRIVADO dentro del portal, para esto es necesario que cada importador dé de alta tanto al Agente Aduanal como a su ejecutivo de cuenta; con esto, podrá realizar funciones tanto para el COVE, así como, para la DIGITALIZACION DE DOCUMENTOS, lo anterior porque quien debe firmar los tramites con la FIEL deben ser los importadores y exportadores.

6.- ¿Qué papel juega la Agencia Aduanal dentro del VU?
Las Agencias Aduanales trabajarán de igual forma que un capturista privado dentro de la VU, para ello es necesario darse de alta cumpliendo con los datos y requisitos necesarios.

7.- ¿Cuántos usuarios puede registrar el Agente Aduanal?
El registro no tiene límite, sin embargo, solo se pueden registrar personas para recibir notificaciones. Se pueden registrar cualquier cantidad de capturistas privados o socios y accionistas, dependiendo la necesidad de quien los registra. Solo pueden ser 5 registros de personas para oír y recibir notificaciones.

8.- ¿Quienes fungirán como capturistas privados, se debe de registrar por su cuenta en el portal de Ventanilla Única?
Si, antes de asignarle el rol de Capturistas Privados debe de estar dados de alta en la VU como personas físicas.

9.- ¿Donde debo de ingresar?
Al portal con la dirección: http://www.ventanillaunica.gob.mx

10.- Si el Importador digitaliza actualmente la documentación ¿ya no será necesario que le envíe copia al agente aduanal?
Aunque el mismo importador sea quien digitalice la documentación, será necesario que envíe original o copia de los documentos del despacho, porque se puede trabajar en la revalidación de conocimientos de embarque y captura de pedimentos, para ello es necesario la impresión en papel, hasta en tanto persista la obligación de anexar copia a los tantos del importador y del exportador.

En caso de que el importador sea quien digitaliza los documentos, deberá enviar copia del acuse del trámite y con esto obtener los E-DOCUMENT, que servirán como clave para consignar al pedimento.

11.- ¿Si digitalizamos documentos, aún debemos de anexarlos al pedimento?
No se será necesario anexarlos al despacho aduanal, si se determina “Reconocimiento Aduanero”, la autoridad podrá verificarlos vía electrónica; con ello se eliminaría la necesidad de anexarlos en papel, ahora tendrá que enviar copia para archivo, tanto del importador como del Agente Aduanal, lo anterior para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Aduanera.

12.- ¿Que especificaciones deberán de tener la digitalización de documentos?

  • En formato PDF.
  • En escala de grises a 8 bits de profundidad.
  • En resolución de 300 puntos por pulgada.
  • Sin OCR aplicado.
  • Sin hojas en blanco.

13.- ¿Se cuenta con pláticas, cursos o talleres sobre la VU y dónde puedo informarme?
Por el momento no se cuenta, por parte de la autoridad con platicas o talleres sobre la Ventanilla Única, sin embargo, se pueden aclarar las dudas sobre el tema o ponerse en contacto a los teléfonos: 54811856 y 01 800 00 VUCEM (88236) o visitar la página: http://www.ventanillaunica.gob.mx. Se está trabajando en un Modulo E-learning, el cual otorgará capacitación a distancia, habrá cursos en línea para todas las personas que tengan una conexión a internet, para quienes quieran saber y aprender más sobre el tema.

14.- ¿El ingreso a la VU es obligatorio?
Por decreto no está establecida la obligatoriedad por lo que podrán seguir realizando sus trámites en cada dependencia, sin embargo el tiempo de atención, los procesos administrativos, etc. serán más largos y las facilidades y beneficios que te ofrece la VU como reducir el gasto de papel, convertir los procesos manuales en electrónicos utilizando documentación digitalizada, reducir tiempos en procesos administrativos, facilitar la búsqueda y acceso de información desde ubicaciones remotas a un repositorio central de información no serán aprovechadas.

Por último, les sugerimos explorar la página de referencia y dar de alta a su empresa, lo anterior al seguir en fase de prueba, por lo tanto los movimientos generados no tienen validez oficial aún.

José de Jesús Pérez Lara
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