¿Qué y cuánto puedo deducir en mi declaración de impuestos ante el SAT?

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Antes de comenzar a explicarles sobre cuáles son los conceptos y cuánto puedo deducir en mi declaración, empezaré por compartirles algunos datos obtenidos del SAT y del INEGI, para darnos una idea de lo importante que debe ser el Asalariado para el Gobierno Mexicano.

Del universo de contribuyentes, datos aproximados indican que se contaba con 41,659,149 contribuyentes activos. De estos, 78.5% son personas físicas sin actividad empresarial (asalariados), 17.7% son personas físicas con actividad empresarial, y 3.8% personas morales.

Se puede observar que el porcentaje de aportación del asalariado es importante, y de fácil fiscalización, por ello el SAT ha desarrollado herramientas enfocadas a controlar sutilmente los ingresos de este sector de la población económicamente activa, con declaraciones informativas, formas de pago electrónicas y CFDI de nómina entre otras disposiciones, generando información proporcionada por el empleador que le permitirá hacer cruces.

No se debe descartar que a través de las personas físicas se irán incrementando las disposiciones de fiscalización, control y cruce de datos para aumentar la recaudación y disminuir la evasión.

Deducciones que podrás aplicar en tu declaración.

Aportaciones para el Retiro.
Las aportaciones complementarias de retiro (Afore) o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las efectuadas a la sub-cuenta de aportaciones voluntarias. El monto máximo es de 10% de tus ingresos en el ejercicio.

Colegiaturas.
Además, también son deducibles los pagos por servicios educativos (colegiaturas) con los siguientes topes:

• Preescolar: $14,200
• Primaria: $12,900
• Secundaria: $19,900
• Profesional técnico: $17,100
• Bachillerato o su equivalente: $24,500

Créditos hipotecarios.
Intereses reales por créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión

Donaciones.
Donativos no onerosos ni remunerativos cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos. Por ejemplo a la Cruz Roja. El monto de los donativos no debe exceder de 7% de los ingresos.

Gastos funerarios.
Solamente la cantidad que no exceda del salario mínimo, elevado al año, efectuados por el contribuyente para su cónyuge o concubino/a, así como para padres, abuelos, hijos y nietos.
Los gastos para cubrir funerales a futuro serán deducibles en el año de calendario en que se utilicen los servicios funerales

Gastos médicos.
• Dentista, tratamientos y consultas
• Gastos hospitalarios
• Medicinas incluidas en facturas de hospitales (no comprobantes de farmacias)
• Análisis clínicos, estudios de laboratorio
• Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación
• Honorarios a enfermeras
• Compra de prótesis
• Compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto de $2,500.00 siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista

Estos gastos deben pagarse con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito o cheques nominativos del contribuyente

Primas por seguros.
De gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el contribuyente, cónyuge o concubino/a, ascendientes o descendientes en línea recta.

Transporte escolar.
De hijos o nietos siempre que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante correspondiente.

Estos gastos deben pagarse con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito o cheques nominativos del contribuyente.

Una pregunta importante es ¿Cuánto puedo deducir?

El monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco salarios mínimos generales anuales o de 15% del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor. Dentro de esta limitante no se incluyen a los donativos y estímulos fiscales.

Cinco salarios mínimos anuales:
$106,638.40 pesos

Es importante considerar que todas las deducciones deben estar amparadas con CFDI que reúnan los requisitos fiscales indicados por la autoridad hacendaria y que tengas en tu poder los archivos de dichos comprobantes (xml).

Por último es obvio que al ser contribuyentes cautivos, tener información proporcionada por el empleador en declaraciones y los CFDIs de nómina no es para el SAT prioritario que presentes tu declaración con deducciones adicionales que arroje saldo a favor, por ello te invita a que la presentes cualquier día del año incluso vía telefónica.

Juan Gabriel Muñoz López
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