Prisión Preventiva: Efecto de la Reforma al Artículo 19 Constitucional

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El día de ayer, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el Dictamen que reforma el artículo 19 constitucional. Esta reforma incorpora la compraventa de facturas y la defraudación fiscal al catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Estos delitos, considerados de alto impacto, ahora requerirán una medida preventiva más estricta debido a su gravedad.

Las consecuencias jurídicas para los contribuyentes que se les impute la comisión de cualquiera de estos delitos son significativas. Con la reforma, deberán enfrentar su proceso penal privados de la libertad por mandato legal, sin que el juez tenga la facultad de decidir lo contrario. Esta medida otorga a la autoridad fiscal y al Ministerio Público herramientas punitivas de gran alcance. Lo anterior podría derivar en un aumento de arbitrariedades durante los procesos de fiscalización.

La estrategia del gobierno al reformar el artículo 19 busca evitar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declare inconstitucional esta medida, como ha sucedido con reformas anteriores en leyes secundarias.

Sin embargo, si la reforma se aprueba definitivamente, la Corte podría intervenir, decidiendo si los tratados internacionales tienen mayor jerarquía que la Constitución. Además, podría determinar si las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos pueden invalidar la aplicación automática de esta medida.

En definitiva, debemos estar atentos a la probable aprobación de la reforma al artículo 19 constitucional. No obstante, lo que es indudable es que la urgencia para aprobar esta reforma, siendo una de las 18 presentadas por el presidente este año, evidencia las prioridades del gobierno en su lucha contra la evasión fiscal.

Gino Giuseppe Sabella Elizondo
Socio Fundador en Sabella, Chico y Martínez

José de Jesús Pérez Lara
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