¿Qué es un Seguro de Hombre Clave?Comenzaremos señalando que el termino de Seguro de Hombre Clave no esta definido en la Ley del Impuesto sobre la Renta sino que, a mi entender, se trata de un concepto creado por las propias compañías de seguros.

La ley del ISR hace referencia a los seguros contratados, por el propio contribuyente, para técnicos o dirigentes con los cuales tenga una relación de trabajo. O bien tratándose de socios industriales, en el caso de sociedades de personas o en comandita simple.

Para poder aplicar este tipo de seguros el contratante de la póliza de Seguro de Hombre Clave y beneficiario irrevocable de la misma deberá ser el contribuyente.

Por otro lado, el contrato de seguro no debe ser mayor a 20 años y de prima nivelada.

Al momento de la indemnización o del rescate el contribuyente acumulara a sus ingresos el importe del rescate en el ejercicio que esto ocurra, según lo señala el articulo 20 fracción VIII de la multicitada Ley.

Por lo anterior, las erogaciones efectuadas por concepto de Seguro de Hombre Clave son deducibles para efectos del ISR siempre y cuando cumplan con todos y cada uno de los requisitos.

Sin embargo, el Seguro del Hombre Clave permite solo el diferimiento del impuesto. Lo que deduces durante los años que pagas la prima se estaría acumulando en el ejercicio en que se reciba la indemnización o el importe del rescate de la póliza.

Articulo 20 fracción VIII, 31 fracción XIII de la Ley del ISR y Articulo 44 del Reglamento del la Ley del Impuesto sobre la Renta.

José de Jesús Pérez Lara
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