¿Como deducir la renta de casa habitacion?
Cuando hablamos sobre deducir la renta de casa habitación lo primero que necesitamos es definir el uso que se dará a la misma. Pues aunque es muy común que las empresas buscando incentivar a sus ejecutivos pagan la renta de su casa habitación, también se presentan casos en los que la empresa, para poder realizar adecuadamente sus actividades, requiere realizar dicha erogación.
Recordemos que los contribuyentes podrán realizar las deducciones que sean necesarias para el desarrollo de sus actividades y que las mismas deberán ser estrictamente indispensables. Lo anterior según lo establece la fracción I del articulo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Por otro lado, la LISR establece en la fracción XIII del articulo 32 que la renta de casas habitación NO será deducible:
XIII. Los pagos por el uso o goce temporal de aviones y embarcaciones, que no tengan concesión o permiso del Gobierno Federal para ser explotados comercialmente, así como de casas habitación, sólo serán deducibles en los casos en que reúnan los requisitos que señale el Reglamento de esta Ley.
Dicha fracción aclara que la renta de casas habitación sólo será deducible siempre que se cumpla con los requisitos que señala el reglamento de la LISR en su articulo 52.
Articulo 52. Los pagos a que se refiere el primer párrafo de la fracción XIII del artículo 32 de la Ley, sólo serán deducibles mediante autorización de la autoridad fiscal correspondiente y siempre que el contribuyente compruebe que los bienen se utilizan por necesidades especiales de la actividad. Para estos efectos se podrá solicitar una autorización para todos los gastos a que se refiere el citado párrafo.
Una vez otorgada la autorización, el contribuyente deberá conservar la documentación que acredite la estancia de las personas que ocupan dichos inmuebles durante el plazo a que se refiere el articulo 30 del Código Fiscal de la Federación.
Partiendo de lo anterior y una vez que se ha identificado el uso que se dará a la casa habitación existen 2 formas mediante las cuales se pudiera realizar la deducción de la renta de casas habitación:
Pago de Ayuda de Renta al Trabajador.
El patrón entregará al empleado la prestación “Ayuda de Renta” misma que en la práctica se otorga “piramidada” es decir, se paga el importe de la renta mas el impuesto que corresponda al empleado por dicho ingreso.
Es importante señalar que dicha Ayuda de Renta deberá señalarse dentro del contrato de trabajo recomendando que se indique también el monto de dicha ayuda así como el descuento mínimo del 20% del salario mínimo diario que rija en el D.F. a efectos de poder considerarlo como concepto excluyente del salario, lo anterior para efectos del numeral 27 de la Ley del Seguro Social.
Ahora bien, para efectos de ISR, dicha Ayuda de Renta en mi opinión seria un ingreso gravado, y es que aunque algunos pudieran argumentar que se trata de una prestación de previsión social con fundamento en el articulo 109 fracción VI de la LISR sin embargo, no olvidemos que el articulo 137 del reglamento del ISR establece específicamente que las ayudas o compensaciones para renta de casa se consideran ingresos por la prestación de servicios personales subordinados.
Solicitar autorización al SAT para deducir la renta de casa habitación (Art. 52 RLISR).
Es común que las empresas que tienen varios establecimientos en el país envíen a sus empleados de un centro de trabajo a otro por necesidades del negocio, situación que por la distancia les implica cambiar temporalmente de residencia. En estos casos las empresas absorben los gastos de la renta de casa habitación para sus empleados por un tiempo determinado.
Bajo esta perspectiva, el empleador proporciona la casa habitación a su trabajador y dado que la misma no esta destinada a satisfacer las necesidades de este sino del empleador, no se trata de una prestación para el trabajador.
Esto es, la casa habitación es una “herramienta” que para realizar adecuadamente su trabajo le otorga el patrón; incluso, el trabajador no recibe la habitación sino el uso de esta la cual utiliza por la necesidad e instrucción del empleador a quien esto le resulta menos costoso que alojarlo en un hotel.
Es decir, para poder aplicar esta deducción es indispensable justificar plenamente la estricta indispensabilidad en la contratación de la casa habitación, identificar a los trabajadores que ocuparán el inmueble, así como la autorización en cuestión.
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Entiendo que esto solo es para personas Morales, pero las Personas Físicas, no pueden deducir la renta de su casa habitación?